14 Mayo 2018 – Estas últimas semanas los dirigentes del Frente de Justicia, de la cual nuestra AFUDEP es parte, se reunieron en distintas oportunidades, y por separado con los Diputados Leonardo Soto, Hugo Gutierrez y Juan Antonio Coloma para solicitarles su compromiso y apoyo en el Congreso Nacional, respecto al proyecto de ley que, en lo esencial, propone que se otorgue a los funcionarios de los servicios dependientes del Ministerio de Justicia y del Congreso Nacional, el reconocimiento de los años de desempeño de funciones en dichos servicios, para efectos de cumplir con el requisito de la práctica profesional para la obtención de título de Abogado.
ANTECEDENTES
Las asociaciones de funcionarios de la Defensoría Penal Pública, del Ministerio Público de la Corporación de Asistencia Judicial, del Congreso Nacional y de la Subsecretaria de Justicia, están luchando unidas por revertir una situación que afecta a un grupo de funcionarios y funcionarias de estas instituciones; sobre la práctica profesional, que establece el artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales, cuyo procedimiento se encuentra contenido en el DS 265/85 del Ministerio de Justicia.
De acuerdo a estas disposiciones, los postulantes al título de abogados(as) tienen la obligación de realizar una práctica por un periodo de seis mese. Sin embargo, el numeral 5° de dicha norma considera a los funcionarios del Poder Judicial que tienen cumplida esta obligación sólo por haberse desempeñado por un periodo de cinco años y pertenecer a las primeras cinco categorías del escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría.
A juicio de las Asociaciones de Funcionarios mencionadas, consideran que las funciones que se desarrollan en estas instituciones se ha ido perfeccionando y profundizando con el pasar de los años, y que existe una proporción de funcionarios (as) que se desempeñan el labores propias del ámbito jurídico, tal como es el caso de algunos de los funcionarios del Poder Judicial, razón por la cual consideran que la norma produce una discriminación positiva sólo en favor de los funcionarios judiciales.