23 Octubre 2020
Estimado Defensor Nacional:
En el contexto de lo establecido en el inciso segundo del artículo 29 del Decreto 983 que aprueba el Reglamento para la aplicación de incremento por desempeño colectivo del artículo 7º de la ley Nº 19.553, hacemos llegar los siguientes comentarios, sugerencias y alcances.
En primer lugar, y tal como lo hemos señalado previamente, valoramos el esfuerzo que la Unidad de Control de Gestión está realizando para poder lograr una buena formulación y seguimiento de las metas colectivas de la institución.
Con relación a la formulación de las metas para el año 2021, recibimos opiniones en las cuales, se nos indicó que la participación en la formulación de las metas, fue una acción más de carácter formal y de comunicación de las metas, sin permitir una real participación en la formulación de las mismas. Por lo cual, se solicita, que para el próximo periodo se pueda avanzar en esa línea. (hacemos presente que ese comentario solo se dio en algunos equipos de trabajo)
En lo específico de las metas, realizada la consulta a los y las dirigentes y delegados(as) regionales, no recibimos opinión en contrario a las metas presentadas y finalmente contenidas en la formulación para el año 2021.
Solamente, los siguientes comentarios:
1) Defensoría Regional Metropolitana Norte
Con relación al indicador N°3 “Porcentaje de cumplimiento en la entrega de informes de Gestión de Tramitación de reclamos respecto informes de gestión programados al año t”. No queda claro cuáles son los aspectos cualitativos y cuantitativos para desarrollar por la regional. Se nos indicó que en algún momento llegaría una pauta de la Defensoría Nacional, es por ello, que se nos solicita se entregue esta pauta (donde debería estar el estándar requerido, así la descripción de lo esperado) antes de la suscripción del CDC.
2) Defensoría Nacional
Se plantea que en el CDC del Departamento de Administración y Finanzas. Se elimine el indicador 2.
2 |
Porcentaje de inmuebles Defensoría Nacional con consumo de energía actualizado en plataforma Gestiona Energía |
Lo anterior, por cuanto entendemos que se quiere bajar el PMG sobre esta materia. Entonces se nos plantea, cuál es el sentido de subir este indicador como CDC, atendiendo las dificultades de cumplimiento por factores externos. O en su defecto que se corrija la fórmula y se restringa a los inmuebles de administración del DAF. (o se aclare si el alcance será o no a nivel nacional)
DIRECTORIO NACIONAL AFUDEP
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